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Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos

Peritaje de material quirúrgico retenido

El hallazgo de un objeto después de una operación exige identificar qué material es, de qué intervención procede y si debía permanecer en el organismo. El Dr. Carlos Cuadrado revisa registros quirúrgicos, pruebas de imagen y actuaciones posteriores para aclarar esa secuencia. El estudio pericial analiza los controles documentados y las consecuencias del hallazgo, evitando confundir un implante previsto, un fragmento instrumental u otro material con situaciones que tienen una explicación y valoración diferentes.

Negligencias médicasMadrid · Actuación nacionalPerfil profesional
Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos durante una intervención pericial ante un tribunal del jurado.
Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos durante una intervención pericial ante un tribunal del jurado.

Identificar el material antes de atribuir su origen

La primera cuestión es distinguir material dejado de forma deliberada de un elemento cuya permanencia no estaba prevista. La imagen, el parte de extracción y, cuando exista, la identificación del objeto ayudan a precisarlo. Si hubo varias operaciones, no debe adjudicarse el hallazgo a la más reciente sin comprobar su relación. Se revisan localización, características y antecedentes relevantes, indicando cuándo la información solo permite formular una hipótesis. El resultado del estudio depende de esa identificación inicial y de que pueda reconstruirse una procedencia razonablemente fundamentada.

Examinar recuentos y respuesta a las incidencias

La lista de seguridad de la OMS incluye comprobaciones de material, que sirven como referencia para revisar los registros del caso. Se examinan los recuentos disponibles, cambios de equipo, incidencias y decisiones tomadas ante discrepancias. Una casilla marcada no permite saber por sí sola cómo se efectuó el control; una ausencia documental tampoco describe automáticamente todo lo sucedido. La pericia contrasta fuentes y protocolos vigentes, sin suplir hechos desconocidos. Debe explicar qué elementos apoyan una deficiencia concreta de prevención o de respuesta y cuáles siguen pendientes.

Precisar qué daño produjo el hallazgo

El descubrimiento puede ser incidental o estar relacionado con dolor, infección, nuevas intervenciones u otras consecuencias. Se estudia la compatibilidad del mecanismo y la evolución tras la extracción, considerando explicaciones alternativas. También se diferencia el daño causado por el material del asociado a una detección tardía. No se presenta una nueva cirugía como prueba suficiente de todas las limitaciones posteriores. El informe describe los efectos acreditados y las incertidumbres, de modo que el abogado pueda separar la discusión sobre el incidente de la valoración de sus consecuencias.

Qué conviene aportar a la consulta

  • Partes de las operaciones previas y registros de recuento disponibles.
  • Imágenes originales e informes que identificaron el material.
  • Parte de extracción e identificación o fotografía del objeto, si se conservan.
  • Evolución clínica antes y después del hallazgo y de su retirada.

Preguntas sobre este servicio

¿Cualquier objeto visible tras una operación es material olvidado?

No. Algunas intervenciones dejan implantes, clips u otros elementos de manera prevista. Es necesario identificar el objeto, su finalidad y su relación con el procedimiento. La revisión contrasta las imágenes con los partes operatorios y la información del material empleado antes de interpretar su permanencia como un incidente que requiere atribución de responsabilidad.

¿Puede estudiarse un hallazgo ocurrido años después?

Puede revisarse con los documentos conservados, las imágenes y la información sobre intervenciones previas. El tiempo transcurrido puede dificultar precisar el origen o reconstruir síntomas anteriores. Esa limitación se explica en el informe. Los plazos y posibilidades de reclamación deben analizarse jurídicamente según la vía aplicable y las circunstancias del conocimiento del daño.

Referencias para ampliar

La aplicación de las normas y de las referencias técnicas depende del objeto del encargo y de la fecha de los hechos examinados.

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