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Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos

Negligencias médicas

Valoración de posible negligencia médica, asistencia, lex artis, daño y causalidad. Informes, contrainformes y ratificación en Madrid y toda España.

Responsabilidad sanitaria · Madrid

Negligencia médica: analizar el proceso, no solo el resultado

Un desenlace desfavorable no permite concluir por sí solo que existió mala praxis. El informe pericial por negligencia médica reconstruye la asistencia, compara las decisiones con la práctica aplicable en aquel momento y estudia si una eventual desviación guarda relación con el daño reclamado.

Carlos Cuadrado trabajando con un microscopio en un entorno de análisis forense
El análisis médico-pericial relaciona la documentación clínica, los hallazgos objetivables y la cuestión planteada en el procedimiento.
Objeto
Asistencia, estándar aplicable, daño y causalidad.
Encargos
Informe, contrainforme y ratificación.
Ámbito
Sanidad pública y privada.
Cobertura
Madrid y actuación en toda España.

Cuatro cuestiones esenciales

Qué debe explicar una pericia de responsabilidad sanitaria

El dictamen no parte de una responsabilidad presupuesta. Parte de una pregunta médico-legal y de la documentación disponible.

01 · ASISTENCIA

Qué ocurrió

Síntomas, exploraciones, pruebas, decisiones, tratamientos, información proporcionada, evolución, altas, derivaciones y seguimiento.

02 · ESTÁNDAR

Qué era exigible entonces

La actuación se contrasta con la lex artis ad hoc, los medios disponibles y las circunstancias clínicas existentes en cada momento.

03 · CAUSALIDAD

Cómo se relaciona con el daño

Se examina si una eventual desviación produjo, favoreció o agravó el resultado, junto con las explicaciones alternativas.

04 · CONSECUENCIAS

Qué daño es atribuible

Se diferencian enfermedad previa, evolución natural, complicaciones propias del proceso y consecuencias relacionadas con la actuación analizada.

Una distinción necesaria

Complicación, evento adverso y posible mala praxis

El resultado no sustituye al análisisLa responsabilidad corresponde decidirla a la Administración o al órgano judicial. El perito aporta una explicación médica delimitada, documentada y sometida a contradicción.

Una misma consecuencia clínica puede obedecer a mecanismos diferentes. Por eso se separan los riesgos inherentes al procedimiento, los incidentes relacionados con la asistencia y las actuaciones que podrían apartarse de la práctica aplicable.

Complicación conocida

Una complicación puede producirse pese a una actuación correcta. Deben estudiarse su frecuencia, prevención posible, detección y manejo posterior.

Evento adverso

Describe un daño asociado a la asistencia. No equivale automáticamente a negligencia ni resuelve por sí mismo la causalidad.

Posible desviación

Exige identificar una conducta u omisión concreta, el estándar aplicable y su relación médico-legal con las consecuencias.

Pérdida de oportunidad. Cuando no puede afirmarse que una actuación distinta habría evitado con certeza el resultado, puede ser necesario estudiar si una demora u omisión redujo de manera relevante una posibilidad diagnóstica o terapéutica. Su alcance depende de los hechos y de la evidencia disponible.

Modalidades del encargo

Estudio inicial, informe y revisión de otro dictamen

El alcance se define antes de comenzar y ninguna modalidad presupone una conclusión favorable para quien solicita la pericia.

Valoración técnica inicial

Examina si la documentación disponible permite formular una cuestión médico-legal y qué información adicional sería necesaria para estudiarla.

Informe médico pericial

Reconstruye la asistencia, analiza el estándar, el daño y la causalidad, y expresa conclusiones con su fundamento y sus límites.

Contrainforme y ratificación

Revisa las fuentes, el método y el razonamiento causal de otro dictamen, y prepara la explicación del análisis ante el órgano competente.

Responsabilidad sanitaria

Casos que pueden requerir un informe pericial

Cada área se estudia a partir de hechos concretos. La mera pertenencia del caso a una categoría no permite afirmar que existió una actuación incorrecta.

01

Diagnóstico y atención urgente

Síntomas, anamnesis, exploración, pruebas solicitadas, diagnósticos diferenciales, criterios de alarma, derivación, observación, ingreso y alta.

02

Demoras asistenciales

Tiempos de acceso a pruebas, valoración especializada, intervención o tratamiento, y posible repercusión de la demora sobre el pronóstico.

03

Cirugía, anestesia y posoperatorio

Indicación, preparación, técnica documentada, vigilancia, detección de complicaciones y respuesta adoptada durante la recuperación.

04

Medicamentos y tratamientos

Prescripción, dosis, vía, alergias, contraindicaciones, interacciones, administración, controles necesarios y respuesta ante efectos adversos.

05

Infecciones y seguimiento

Factores de riesgo, prevención, signos de infección, cultivos, antibioterapia, controles, continuidad asistencial y coordinación entre servicios.

06

Información y consentimiento informado

Información documentada sobre intervención, alternativas y riesgos, formularios de consentimiento y relación entre el riesgo informado y el daño analizado.

07

Coordinación, alta y continuidad

Transmisión de información, interconsultas, resultados pendientes, indicaciones al alta, seguimiento y respuesta ante un deterioro posterior.

08

Fallecimiento y secuelas graves

Causa y mecanismo del resultado, enfermedad previa, evolución clínica, hallazgos post mortem cuando existan y posible relación con la asistencia.

Apoyo especializado cuando procede. Si una cuestión depende de una especialidad clínica concreta, el alcance puede requerir documentación adicional o coordinación con el profesional adecuado. La pericia debe declarar qué conocimientos se han aplicado y cuáles son sus límites.

Método médico-pericial

Cómo se construye el dictamen

La secuencia permite que otra persona identifique de dónde procede cada dato, cómo se ha interpretado y qué grado de alcance tienen las conclusiones.

01

Delimitar

Se concreta qué actuación debe analizarse, qué pregunta debe responderse y qué materias quedan fuera del dictamen.

02

Ordenar

Se inventaría la documentación y se construye una cronología con síntomas, decisiones, pruebas, tratamientos y evolución.

03

Contextualizar

Se identifica la práctica aplicable en la fecha de los hechos, atendiendo a las circunstancias y a los medios entonces disponibles.

04

Comparar

Se contrastan las decisiones documentadas con el estándar asistencial y se localizan tanto concordancias como posibles desviaciones.

05

Explicar causalidad

Se estudian el mecanismo del daño, la evolución natural, los factores previos, las causas alternativas y, cuando proceda, la pérdida de oportunidad.

06

Concluir

El informe separa hechos, análisis, inferencias y límites, y expresa qué puede sostenerse y qué no permiten afirmar las fuentes.

07

Ratificar

Se prepara la exposición del método y de las conclusiones para responder a las preguntas admitidas por el órgano competente.

Fuentes del análisis

Documentación que puede ser necesaria

No todos los encargos precisan los mismos documentos. La selección se ajusta al episodio asistencial, al daño alegado y a la pregunta pericial. Siempre que sea posible se trabaja con la historia clínica completa y no solo con un informe aislado.

Asistencia y evolución

  • Urgencias, atención primaria, ingreso y alta.
  • Anamnesis, exploración, evolución e interconsultas.
  • Hojas de enfermería, constantes y seguimiento.

Pruebas y tratamientos

  • Analíticas, microbiología y anatomía patológica.
  • Imágenes, informes radiológicos y archivos DICOM.
  • Prescripción, administración y control de medicación.

Procedimientos

  • Consentimiento e información proporcionada.
  • Documentación de anestesia, quirófano o parto.
  • Registros de técnica, incidencias y recuperación.

Daño y procedimiento

  • Informes posteriores y estado de las secuelas.
  • Expediente administrativo o escritos relevantes.
  • Dictámenes previos que deban revisarse.

La Ley 41/2002 regula la historia clínica, su contenido y el derecho de acceso del paciente, con las reservas previstas para los datos de terceros y las anotaciones subjetivas.

Equipo forense en una sala de autopsias durante un examen post mortem
Cuando existe fallecimiento, la revisión puede integrar historia clínica, pruebas diagnósticas y hallazgos post mortem para estudiar la secuencia y la causalidad.

Comunicación pericial

Una pericia comprensible en sede judicial

El valor del dictamen también depende de explicar de forma clara qué se ha examinado, cómo se ha razonado y qué límites conserva cada conclusión.

01

Cronología asistencial

Ordena síntomas, consultas, pruebas, decisiones, tratamientos, incidencias y evolución para localizar los momentos relevantes del episodio.

02

Análisis del estándar

Explica qué práctica resultaba aplicable a las circunstancias conocidas entonces y cómo se relaciona con la actuación documentada.

03

Razonamiento causal

Diferencia causalidad temporal y médico-legal, contempla la enfermedad de base y compara explicaciones alternativas del daño.

04

Conclusiones y ratificación

Resume qué puede sostenerse, con qué fundamento y dentro de qué límites, y prepara su explicación ante preguntas y objeciones.

Delimitación profesional. El dictamen aporta conocimientos médicos al procedimiento. No elige la vía procesal, no fija los plazos de una reclamación, no determina la cuantía jurídica y no sustituye la decisión de la Administración o del tribunal.

Perfil directamente relacionado

Medicina Forense y valoración del daño aplicadas a la responsabilidad sanitaria

El Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos integra formación médica, especialización forense y conocimiento de valoración del daño para estudiar la asistencia, sus consecuencias y su posible relación causal. Esta síntesis se limita a las credenciales pertinentes para el encargo y evita repetir la trayectoria internacional desarrollada en la portada.

Formación médica
Licenciado en Medicina y Cirugía, con título legalizado en España.
Especialización
Especialista en Medicina Forense.
Daño corporal
Máster en Valoración del Daño Corporal por la Universitat de Barcelona.
Tribunales
Perito adscrito al Tribunal Superior de Justicia en Medicina Legal y Forense.
Identificación
Perito Colegiado Nº 282801401 del Colegio Corporativo de Peritos Judiciales.
Caso pericial documentado 35.000 €

Indemnización confirmada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Fecha
2 de abril de 2025
Materia
Error diagnóstico y pérdida de oportunidad
Fuente
CGPJ · Poder Judicial

Participación médico-pericial

Pericia médica en un caso de torsión testicular confirmado por el TSXG

Carlos Cuadrado confirma que intervino como perito médico en este procedimiento. La comunicación oficial de primera instancia recoge que, tal como explicó el perito, ante dolor testicular en una persona joven debe descartarse una torsión mediante ecografía Doppler y, si el centro carece de medios, procede la derivación urgente al hospital de referencia.

El TSXG confirmó después la condena al Sergas y la indemnización de 35.000 euros. La Sala concluyó que la falta de la prueba ecográfica ocasionó una pérdida de oportunidad terapéutica, pues el diagnóstico se realizó cuatro días después, cuando el cuadro ya era irreversible. La decisión sobre responsabilidad y cuantía correspondió a los órganos judiciales.

  • Indicación de ecografía Doppler y necesidad de descartar la torsión.
  • Carácter urgente y dependencia temporal de la viabilidad testicular.
  • Respuesta asistencial, derivación y tiempos hasta la resolución quirúrgica.
  • Relación causal, orquiectomía y consecuencias médico-legales.

Las comunicaciones del Poder Judicial no identifican nominalmente al perito. La atribución de la intervención a Carlos Cuadrado se incorpora por confirmación directa del propio profesional.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre informes por negligencia médica

Las respuestas explican el alcance técnico general. Cada supuesto depende de su documentación, fecha, contexto asistencial y fase del procedimiento.

01

¿Un mal resultado médico demuestra que hubo negligencia?

No. Deben estudiarse la situación inicial, los riesgos propios del proceso, la actuación realizada, la práctica aplicable y la relación entre una eventual desviación y el daño.

02

¿Qué significa lex artis ad hoc?

Es el patrón de actuación aplicable al caso concreto según los conocimientos, medios disponibles y circunstancias existentes cuando se prestó la asistencia. No se valora con información conocida solo después de los hechos.

03

¿Qué es la pérdida de oportunidad?

Es una cuestión causal que puede plantearse cuando una actuación u omisión habría reducido una posibilidad diagnóstica o terapéutica relevante, aunque no pueda afirmarse que otra conducta hubiera evitado con certeza el resultado.

04

¿Puede estudiarse el caso antes de presentar una reclamación?

Sí. Una valoración técnica inicial puede comprobar si la documentación permite formular y sostener una hipótesis médico-legal. Esa valoración no garantiza la viabilidad jurídica ni el resultado del procedimiento.

05

¿Qué diferencia existe entre informe y contrainforme?

El informe responde directamente al objeto pericial. El contrainforme revisa otro dictamen y examina sus fuentes, método, razonamiento causal, correspondencia entre datos y conclusiones, y límites.

06

¿Es necesario examinar personalmente al paciente?

No siempre. En el análisis de la asistencia, la historia clínica suele ser la fuente principal. Si el objeto incluye secuelas actuales o capacidad funcional, puede resultar indicada una valoración personal.

07

¿Se estudian asuntos de sanidad pública y privada?

Sí desde el punto de vista pericial. La vía, los plazos y el destinatario de una reclamación dependen del tipo de asistencia y deben ser determinados por quien asuma la dirección jurídica.

08

¿Qué ocurre durante la ratificación?

El perito explica el dictamen y responde a las preguntas admitidas sobre documentación, método, estándar asistencial, causalidad, daño, hipótesis alternativas y alcance de sus conclusiones.

Consulta del encargo

Valorar la documentación y la pregunta médico-legal

Indique de forma breve el episodio asistencial, la documentación disponible, la fase del asunto y cualquier plazo conocido. La aceptación y el presupuesto se determinan después de delimitar el objeto y el volumen de trabajo.

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