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Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos

Discapacidad y autismo

Valoración pericial del funcionamiento y las necesidades de apoyo en autismo y TEA. Revisión de resoluciones y documentación de discapacidad.

Discapacidad · Autismo · Madrid

El diagnóstico identifica el TEA. El informe explica su impacto

Dos personas con el mismo diagnóstico pueden presentar necesidades de apoyo muy diferentes. El dictamen pericial estudia cómo las características del TEA repercuten en la autonomía, las actividades cotidianas, la participación y el entorno, y relaciona esa evidencia con el baremo vigente.

Supuestos
Solicitud, revisión o reclamación.
Normativa
Real Decreto 888/2022.
Ámbito
Madrid y resto de España.
FuncionesActividadParticipaciónEntornoTEA

Baremo biopsicosocial

Cómo se valora la discapacidad conforme al Real Decreto 888/2022

El resultado oficial no procede de una equivalencia automática entre diagnóstico y porcentaje. La norma integra componentes relacionados que describen el funcionamiento global de la persona.

BDGP

Funciones

Deficiencias permanentes y su repercusión, incluyendo los criterios específicos del TEA según la etapa vital.

BLA

Actividad

Capacidad para organizar, iniciar y completar actividades cotidianas, con o sin apoyos.

BRP

Participación

Desempeño real en educación, trabajo, relaciones, vida doméstica y comunidad.

BFCA

Entorno

Barreras ambientales, actitudes, sistemas y ausencia o insuficiencia de apoyos.

El Real Decreto incluye tablas específicas para el TEA según la etapa vital y contempla, entre otros elementos, comunicación social, inflexibilidad, adaptación escolar o laboral, actividades de la vida diaria e intensidad de apoyos. La calificación oficial corresponde a los equipos multiprofesionales y al órgano competente de la Administración; el informe privado no determina ni garantiza un porcentaje.

Perfil de funcionamiento

Qué analiza un informe pericial de discapacidad por TEA

La valoración debe concretar qué ocurre, con qué frecuencia, en qué contexto, qué apoyo se necesita y cómo repercute cada dificultad en la vida real.

01

Comunicación e interacción

Conversación recíproca, comprensión pragmática, mensajes no verbales, relaciones y desenvolvimiento en situaciones sociales.

02

Flexibilidad y regulación

Adaptación a cambios, necesidad de rutinas, respuesta ante imprevistos, sobrecarga y particularidades sensoriales documentadas.

03

Planificación y tareas

Organización, inicio y finalización de actividades, resolución de problemas, atención y manejo de demandas simultáneas.

04

Autonomía cotidiana

Autocuidado, vida doméstica, desplazamientos, gestión de citas, dinero, salud, seguridad y utilización de servicios.

05

Educación y trabajo

Necesidades de apoyo, adaptaciones, continuidad académica, acceso y mantenimiento del empleo y consecuencias observadas.

06

Participación y apoyos

Vida familiar, relaciones, ocio, participación comunitaria, intensidad de apoyos y barreras presentes en el entorno real.

Momento del procedimiento

Cuándo puede ser útil la valoración pericial

El objeto cambia según exista una primera solicitud, un grado ya reconocido o una resolución que deba revisarse. Antes de aceptar el encargo se estudian la fase, los plazos y la documentación disponible.

01

Solicitud inicial

Organiza el diagnóstico y la evidencia funcional para explicar qué actividades están afectadas, en qué contextos y qué apoyos necesita la persona.

02

Revisión del grado

Estudia cambios relevantes, agravación funcional, nuevas necesidades de apoyo o aspectos que no quedaron reflejados en la valoración anterior.

03

Resolución desfavorable

Compara el dictamen propuesta y las puntuaciones aplicadas con la documentación disponible para preparar, cuando proceda, una reclamación.

Método pericial

Del diagnóstico al perfil de funcionamiento

El dictamen organiza la información dispersa y muestra cómo los datos se relacionan con las actividades, los contextos y los criterios aplicables.

01

Delimitar el objetivo

Se identifica si el encargo corresponde a una solicitud inicial, revisión o reclamación y qué debe aclarar el dictamen.

02

Ordenar la historia

Se integran antecedentes, diagnóstico, evolución y documentación sanitaria, educativa, laboral y social.

03

Describir el funcionamiento

La entrevista pericial y las fuentes disponibles permiten analizar actividades, desempeño, apoyos y barreras en contextos concretos.

04

Aplicar el baremo

Los hallazgos se relacionan con los componentes, dominios y criterios del Real Decreto 888/2022 que resulten pertinentes.

05

Emitir y explicar

El informe diferencia fuentes, razonamiento y conclusiones y puede prepararse para su aportación y explicación cuando corresponda.

Fuentes del caso

Documentación útil para estudiar la viabilidad

Diagnóstico y seguimiento

Informes que documenten el TEA, evolución, condiciones concurrentes y necesidades observadas.

Adaptaciones, apoyos, incidencias, informes psicopedagógicos y documentación sobre desempeño.

Vida cotidiana

Información concreta sobre rutinas, autonomía, relaciones, desplazamientos, seguridad y apoyos.

Expediente

Solicitud, resolución, dictamen propuesta, puntuaciones y documentación ya presentada a la Administración.

Etapa vital

TEA en menores y personas adultas

El baremo establece criterios por edad. La comparación debe hacerse con las actividades y la autonomía esperables en cada etapa, no con una imagen genérica del autismo.

Infancia y adolescencia

Se estudian desarrollo, comunicación, autonomía esperable, aprendizaje, adaptación escolar, relaciones con iguales, participación y necesidad de apoyos familiares o educativos.

Personas adultas

Adquieren especial importancia la vida independiente, la organización cotidiana, las relaciones, la tolerancia a las demandas, el empleo, la utilización de recursos comunitarios y los apoyos necesarios para mantener el funcionamiento.

Madrid y ámbito nacional

Informe pericial para el reconocimiento o revisión de discapacidad

Atención con cita previa en Calle Ferraz 29, 28008 Madrid. Los encargos en otras comunidades se valoran según el expediente y la fase del procedimiento.

El servicio parte de diagnósticos existentes para analizar la repercusión funcional; no emite diagnósticos clínicos de TEA ni presta tratamiento sanitario. Carlos Cuadrado es Colegiado Nº 282801401 del Colegio Corporativo de Peritos Judiciales y Perito adscrito al Tribunal Superior de Justicia para las especialidades citadas.

Referencias oficiales: Real Decreto 888/2022 y Centros Base de la Comunidad de Madrid.

Preguntas frecuentes

Discapacidad, autismo y valoración pericial

Las respuestas son generales. La viabilidad y la vía adecuada deben determinarse a partir del expediente y de la resolución, cuando ya exista.

01

¿Un diagnóstico de TEA implica automáticamente un 33 %?

No. El diagnóstico acredita una condición, pero el porcentaje depende de la repercusión individual en las funciones, las actividades, la participación y el entorno conforme a los baremos aplicables.

02

¿Quién reconoce oficialmente el grado de discapacidad?

La valoración corresponde a los equipos multiprofesionales del órgano competente y la Administración dicta la resolución. El informe privado aporta análisis técnico, pero no sustituye esa decisión.

03

¿Para qué sirve un informe pericial privado?

Permite ordenar las fuentes, describir el funcionamiento real y relacionar la evidencia con los criterios aplicables. Puede aportarse al expediente, pero no vincula a la Administración ni garantiza un porcentaje.

04

¿Puede prepararse para una primera solicitud?

Sí, cuando existe diagnóstico documentado e información suficiente para estudiar el impacto funcional. El dictamen pericial no sustituye el diagnóstico ni la solicitud administrativa.

05

¿Puede revisarse una resolución ya notificada?

Sí. Pueden estudiarse el dictamen propuesta, las puntuaciones y su correspondencia con la documentación. La vía y el plazo deben comprobarse en la resolución concreta.

06

¿Puede valorarse un diagnóstico previo de síndrome de Asperger?

Sí, si está documentado. El análisis debe centrarse en el funcionamiento actual, las necesidades de apoyo y las barreras, no solamente en la denominación utilizada en informes anteriores.

07

¿Discapacidad, dependencia e incapacidad laboral son equivalentes?

No. Son valoraciones diferentes, con objeto, baremos y órganos competentes propios. El grado reconocido en una de ellas no determina automáticamente el resultado de las demás.

Valoración del encargo

Explica la fase y la documentación disponible

Indica si se trata de una solicitud inicial, revisión o reclamación, la edad de la persona, la fecha de la resolución si existe y qué informes diagnósticos, educativos, laborales o sociales están disponibles.

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