MEDICINA FORENSE · PSICOLOGÍA FORENSE · CRIMINOLOGÍA · DERECHOMADRID · ESPAÑA · ÁMBITO INTERNACIONAL
Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos

Psicología forense

Evaluación psicológica forense, daño psíquico, capacidades, testimonio y contrainformes. Informes y ratificación judicial con finalidad pericial.

Psicología jurídica y forense · Madrid

Una evaluación psicológica construida para responder una cuestión judicial

El peritaje psicológico forense transforma una pregunta del procedimiento en un objeto evaluable. Puede incluir análisis documental, entrevista pericial, instrumentos seleccionados para el caso, elaboración de un informe pericial psicológico, contrainforme y preparación de la ratificación.

Finalidad
Técnica, pericial y probatoria.
Encargos
Informe, contrainforme y ratificación.
Ámbitos
Penal, civil, familia y laboral.
Cobertura
Madrid y actuación en toda España.

Finalidad del encargo

Forense no significa clínica

Una pregunta pericial, no una relación terapéuticaLa evaluación se realiza para aportar conocimientos psicológicos a un procedimiento. No ofrece psicoterapia, tratamiento ni seguimiento clínico, y tampoco sustituye la atención sanitaria que una persona pueda necesitar.

El punto de partida no es atender una demanda asistencial, sino delimitar qué hecho, capacidad, afectación o hipótesis necesita analizarse. A partir de esa delimitación se decide qué documentación resulta pertinente, si es necesaria una evaluación directa y qué técnicas pueden contribuir a responder la cuestión planteada.

El dictamen expone las fuentes examinadas, el método seguido, los resultados relevantes y el razonamiento que conecta esos datos con las conclusiones. También declara las limitaciones, los datos ausentes y las hipótesis alternativas que no puedan descartarse.

Estructura del dictamen

Tres condiciones para que una conclusión pueda comprenderse y discutirse

La utilidad del informe depende de que la pregunta, las fuentes y los límites estén expresados de forma transparente.

01 · Objeto

Una cuestión concreta

Se define qué debe analizarse, a quién afecta, qué periodo temporal es relevante y qué decisiones quedan fuera de la función del perito.

02 · Fuentes

Datos contrastables

Se integran documentación, entrevistas, instrumentos y fuentes colaterales pertinentes, diferenciando lo observado de lo referido por terceros.

03 · Alcance

Conclusiones y límites

Cada inferencia se vincula con sus datos y se formula con el alcance que permiten la evaluación, la calidad de las fuentes y la pregunta judicial.

Servicios principales

Informes y contrainformes psicológicos

Son encargos diferentes. El alcance se fija antes de comenzar y no se presupone una conclusión favorable para quien solicita la pericia.

Informe pericial psicológico

Responde a una cuestión psicológica relevante para el procedimiento mediante la evaluación y las fuentes adecuadas al objeto. Puede incorporar entrevista forense, instrumentos estandarizados y análisis documental cuando resulten pertinentes.

El informe no decide el litigio: aporta elementos técnicos para su valoración.

Contrainforme o revisión metodológica

Examina otro dictamen para valorar la adecuación de sus fuentes, instrumentos, baremos, inferencias, hipótesis alternativas, límites y correspondencia entre resultados y conclusiones.

Un contrainforme no consiste en prometer una conclusión opuesta.

Ámbitos de actuación

Qué preguntas puede abordar un dictamen psicológico forense

La materia no determina por sí sola el encargo. Es necesario convertir la controversia en preguntas psicológicas delimitadas y compatibles con las fuentes disponibles.

Daño psíquico y secuelas

Síntomas, funcionamiento, evolución, factores concurrentes y posible relación con los hechos, diferenciando compatibilidad, causalidad y repercusión funcional.

Estado mental e imputabilidad

Capacidades cognitivas y volitivas, psicopatología, consumo y contexto temporal relacionados con la pregunta penal. La decisión jurídica corresponde al tribunal.

Validez de respuesta

Consistencia, convergencia entre fuentes, indicadores de simulación o disimulación e hipótesis alternativas. Ningún instrumento aislado funciona como detector de mentira.

Psicología del testimonio

Memoria, sugestión, condiciones de entrevista, contaminación, obtención del relato y límites metodológicos, sin sustituir la valoración judicial de la prueba.

Familia y capacidades parentales

Recursos de cuidado, necesidades del menor, dinámica familiar y variables relevantes para el objeto pericial, sin orientar respuestas para producir un resultado determinado.

Ámbito civil y laboral

Capacidad, repercusión psicológica, limitaciones funcionales y daño asociado a situaciones laborales o civiles cuando forman parte de la cuestión planteada.

Capacidad testamentaria

Valoración actual o retrospectiva de capacidad para testar, deterioro cognitivo, vulnerabilidad e influencia indebida a partir de fuentes próximas al acto jurídico.

Neuropsicología y autopsia psicológica

Funciones cognitivas, conducta y repercusión funcional, o reconstrucción retrospectiva del estado mental y el contexto mediante múltiples fuentes documentales y testimoniales.

Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos y Polina Poloziuk ante la sede judicial de lo Contencioso-Administrativo en Madrid
Trabajo pericial en equipo ante una sede judicial de Madrid.

Práctica judicial

Psicología Forense explicada para el procedimiento

Un resultado psicométrico aislado no constituye una conclusión forense. La interpretación debe integrar la pregunta judicial, la entrevista, la documentación, la conducta observada, la validez de respuesta y las hipótesis alternativas que puedan explicar los hallazgos.

Cuando el asunto requiere más de una disciplina, el trabajo puede coordinarse con Medicina Forense u otras áreas técnicas. Cada profesional conserva su objeto, sus fuentes y sus conclusiones, y la exposición conjunta se organiza para que el órgano judicial comprenda qué sostiene cada afirmación.

El dictamen puede aportar

Descripción técnica, contraste de hipótesis, relación entre datos y conclusiones, y explicación de sus límites.

El tribunal decide

La veracidad jurídica, la imputabilidad, la guarda, la capacidad legal, la responsabilidad y el resultado del procedimiento.

Método de trabajo

Cómo se desarrolla una pericia psicológica

El número de entrevistas, los instrumentos y el plazo dependen del objeto, de las personas que deban evaluarse y de la documentación disponible.

01

Delimitación

Se concreta la pregunta pericial, las personas afectadas, el periodo relevante y los límites del encargo.

02

Plan de evaluación

Se seleccionan documentos, fuentes colaterales, entrevistas e instrumentos adecuados a la cuestión planteada.

03

Obtención de datos

Se realizan entrevistas y pruebas cuando proceden, registrando condiciones, incidencias e indicadores de validez.

04

Integración

Se contrastan resultados, documentación, hipótesis alternativas, coherencias y discrepancias entre las fuentes.

05

Dictamen y ratificación

Se redactan conclusiones proporcionadas a los datos y se prepara su explicación ante el órgano judicial.

Fuentes de información

Documentación que puede ser necesaria

No siempre resulta útil aportar todo el expediente. Se selecciona la información pertinente, se respeta la minimización de datos y se identifica la procedencia de cada fuente.

01

Procedimiento

Escritos, resoluciones, atestados y demás actuaciones relevantes para la pregunta pericial.

02

Antecedentes

Informes psicológicos, psiquiátricos, médicos, sociales o educativos legítimamente disponibles.

03

Evaluaciones previas

Dictámenes, protocolos, resultados y documentación necesaria para comprender cómo se obtuvieron las conclusiones.

04

Fuentes complementarias

Comunicaciones, registros o testimonios pertinentes, siempre con base legítima y relación directa con el objeto.

Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos, Graduate Member de la British Psychological Society, GMBPsS
Graduate Member de la British Psychological Society, GMBPsS.

Perfil directamente relacionado

Psicología Forense aplicada al dictamen y a su defensa en sala

El Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos desarrolla actividad pericial en Psicología Forense y coordina el análisis psicológico con otras disciplinas cuando la cuestión del procedimiento lo requiere.

  • Actividad

    Psicólogo forense y perito de parte.

  • Docencia

    Exprofesor del Máster Oficial en Psicología Forense de la Universidad Isabel I.

  • Membresía

    Graduate Member de la British Psychological Society, GMBPsS.

  • Adscripción

    Perito adscrito al Tribunal Superior de Justicia en Psicología Forense.

  • Identificación

    Colegiado Nº 282801401 del Colegio Corporativo de Peritos Judiciales.

  • Ámbito

    Despacho en Madrid y actuación en procedimientos de toda España.

Prensa seleccionada

Psicología Forense y trabajo interdisciplinar en los medios

Tres publicaciones directamente relacionadas con la interpretación psicológica de la prueba, la causalidad y el trabajo pericial coordinado. Cada ficha abre el medio original.

El Mundo Financiero

Psicología y Medicina Forense en una causa penal compleja

La publicación describe dos periciales complementarias incorporadas por la defensa y explica cómo cada disciplina abordó una parte distinta de la prueba. La resolución no atribuyó el resultado a un único informe.

Leer en El Mundo Financiero
Diario Siglo XXI

Un enfoque interdisciplinar para interpretar la prueba pericial

El medio presenta un modelo que mantiene diferenciadas Psicología Forense, Medicina Forense y Criminología, y las coordina cuando el procedimiento exige relacionar conducta, documentación e indicios.

Leer en Diario Siglo XXI
Diario de Avisos

Afectación psíquica, compatibilidad y causalidad en sede judicial

La información analiza cómo una sentencia recogió y valoró un informe de la defensa que distinguía entre la existencia de afectación psicológica y su atribución causal a unos hechos concretos.

Leer en Diario de Avisos

Preguntas frecuentes

Antes de encargar un informe psicológico forense

Estas respuestas son generales. El alcance se concreta después de conocer la pregunta, la fase procesal, las personas afectadas y la documentación disponible.

01

¿Qué hace un perito psicólogo forense?

Examina una cuestión psicológica relevante para un procedimiento mediante las fuentes y técnicas adecuadas al objeto pericial, y comunica sus conclusiones y límites en un dictamen.

02

¿La evaluación forense es terapia?

No. Tiene finalidad técnico-pericial y probatoria. No sustituye el diagnóstico, el tratamiento o el seguimiento sanitario ni crea una relación terapéutica.

03

¿Siempre hay que evaluar personalmente a la persona?

Depende del objeto. Algunos encargos pueden ser documentales, pero esa naturaleza y sus limitaciones deben declararse y no deben presentarse como equivalentes a una evaluación directa.

04

¿Qué pruebas psicológicas se utilizan?

Se seleccionan según la pregunta pericial, las características de la persona y la evidencia disponible. Ninguna batería es universal y ninguna prueba aislada resuelve el caso.

05

¿Un diagnóstico demuestra el daño o su causa?

No por sí solo. Es necesario estudiar la evolución, el funcionamiento, la relación temporal, los factores concurrentes, las hipótesis alternativas y la calidad de las fuentes.

06

¿Un perito puede determinar quién dice la verdad?

No corresponde al perito decidir la verdad jurídica. Puede analizar variables de memoria, entrevista, consistencia y metodología dentro de los límites de la Psicología del Testimonio.

07

¿Qué ocurre durante la ratificación?

El perito confirma el dictamen y responde a las preguntas admitidas sobre sus fuentes, método, razonamiento, resultados, conclusiones y límites.

08

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Depende del objeto, del volumen documental, del número de personas, de las evaluaciones y de la comparecencia. El presupuesto y el plazo se estiman después de delimitar el encargo.

Valoración del encargo

Explica brevemente qué necesita responder el dictamen

Indica el tipo de procedimiento, la fase, el plazo disponible, quién debe ser evaluado y qué informes existen. La aceptación queda sujeta al estudio previo, a la viabilidad técnica y a la ausencia de conflicto de intereses.

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