
Precisar el punto de desacuerdo
Una objeción útil necesita localizar la afirmación discutida y conocer su relevancia en el caso. Se revisa el informe completo, no únicamente la frase que resulta desfavorable, junto con los documentos necesarios para entender su contexto. Puede discutirse la selección de fuentes, la interpretación de una prueba, la atribución causal o el paso desde un hallazgo a una recomendación. La revisión inicial permite valorar si existen materiales suficientes y si la cuestión puede aclararse técnicamente, evitando prometer una refutación antes de conocer el trabajo original.
Examinar cómo se llegó a la conclusión
Se analiza la correspondencia entre objeto, método y resultados, diferenciando datos obtenidos directamente de información transmitida por otras personas. También interesa conocer la fecha y finalidad de cada fuente, la adecuación de los instrumentos y los límites reconocidos. Si faltan protocolos o datos necesarios, el contrainforme explica qué aspectos no pueden comprobarse. No debe diagnosticar a quien no ha sido evaluado ni deducir incompetencia profesional de una discrepancia. La revisión se centra en argumentos verificables y en la relevancia que una carencia tiene para la conclusión concreta.
Formular una aportación proporcionada
El resultado puede confirmar parte del razonamiento, señalar reservas, proponer una interpretación alternativa o concluir que la documentación no permite resolver la discrepancia. Si se considera necesaria una evaluación directa, se distingue ese posible encargo de la revisión realizada. El perito debe atender tanto a datos favorables como desfavorables para quien solicita el trabajo. El abogado puede utilizar la aportación dentro de la estrategia procesal que corresponda, pero el contrainforme no determina que otro dictamen sea excluido ni garantiza que el órgano decisor adopte una interpretación concreta.
Qué conviene aportar a la consulta
- Informe íntegro que se quiere revisar, con anexos disponibles.
- Documentos y fuentes citados que puedan obtenerse legítimamente.
- Relación concreta de conclusiones discutidas y preguntas del abogado.
- Información sobre fechas, entrevistas y pruebas utilizadas en la valoración original.
Preguntas sobre este servicio
¿Un contrainforme exige entrevistar a la persona evaluada?
No necesariamente. Puede consistir en una revisión metodológica y documental, cuyo alcance debe identificarse claramente. Si se pretende formular nuevas conclusiones sobre el estado psicológico de la persona, habrá que valorar si hace falta una exploración propia y qué autorizaciones corresponden. La revisión de un texto no equivale a haber realizado esa evaluación directa.
¿Se puede encargar para demostrar que el otro perito está equivocado?
Puede solicitarse para estudiar una discrepancia, pero el resultado no se pacta previamente. El análisis puede encontrar objeciones, confirmar aspectos del informe o no disponer de información suficiente. La finalidad pericial es aportar argumentos técnicos fundados sobre el documento y sus conclusiones, sin convertir el encargo en una descalificación personal del profesional que lo firmó.
Referencias para ampliar
- COPC. Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense y la práctica pericial, 2014
- BOE. Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, artículo 335, texto consolidado
- AACN. Consensus statement on validity assessment, 2021
La aplicación de las normas y de las referencias técnicas depende del objeto del encargo y de la fecha de los hechos examinados.