
Delimitar el objeto y las fuentes disponibles
Se revisan primero los antecedentes asistenciales, las exploraciones previas y la pregunta formulada por el abogado. Esto permite valorar qué nueva entrevista aportaría información y qué aspectos pueden estudiarse documentalmente. La persona debe conocer la finalidad pericial, el destino del informe y sus límites de confidencialidad. Cuando hay intervenciones de distintos servicios, se procura identificar sus objetivos para no interpretar como equivalentes una anotación de atención urgente, un informe terapéutico y una evaluación dirigida a responder una cuestión judicial concreta.
Valorar sin exigir una reacción determinada
El análisis no parte de un modelo único de cómo debe comportarse una persona que refiere violencia sexual. Se exploran cambios en intimidad, relaciones, actividad académica o laboral y sensación de seguridad, atendiendo a su evolución. La presentación emocional durante una entrevista no sustituye esa investigación. Las pruebas, si son pertinentes, ayudan a caracterizar el funcionamiento psicológico, pero no permiten deducir por sí solas que ocurrió una agresión. Las diferencias entre documentos se estudian según fecha, contexto y finalidad de cada registro.
Explicar daño y límites de atribución
El informe separa las alteraciones observadas, la información referida y el razonamiento sobre su posible relación con los hechos. Pueden existir factores anteriores o posteriores que sea necesario considerar sin desautorizar por ello el sufrimiento expresado. Si los datos no permiten establecer una conclusión determinada, esa incertidumbre forma parte del resultado. En menores o personas con necesidades específicas de comunicación, la viabilidad y el diseño de la evaluación requieren una atención particular a la protección, las autorizaciones y las actuaciones ya practicadas.
Qué conviene aportar a la consulta
- Informes de atención médica, psicológica y de servicios especializados disponibles.
- Relación de entrevistas o exploraciones previas y sus fechas.
- Documentación procesal que delimite los hechos y el objeto del encargo.
- Datos sobre cambios en estudios, trabajo, relaciones y actividades habituales.
Preguntas sobre este servicio
¿La ausencia de estrés postraumático descarta la violencia sexual?
No permite extraer esa conclusión. La valoración del daño psicológico y la acreditación de los hechos son cuestiones distintas. Una persona puede presentar otras consecuencias, haber evolucionado favorablemente o no reunir datos suficientes para un diagnóstico. El perito debe explicar lo que encuentra sin convertir un resultado clínico en una regla sobre la veracidad del episodio.
¿Hay que volver a relatar todos los detalles?
La extensión de la entrevista depende de la pregunta pericial y de los materiales ya disponibles. Antes de realizarla se valora qué información es necesaria y qué duplicaciones pueden evitarse. Una revisión documental puede ser útil en determinados encargos, aunque debe reconocer que no equivale a una exploración directa de la persona.
Referencias para ampliar
- COPC. Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense y la práctica pericial, 2014
- OMS. Violence against women, 2026
- BOE. Ley 4/2015, del Estatuto de la víctima del delito, texto consolidado
La aplicación de las normas y de las referencias técnicas depende del objeto del encargo y de la fecha de los hechos examinados.