
Una finalidad comprensible para el menor
La persona entrevistada necesita entender, con un lenguaje adaptado, quién realiza la evaluación, para qué se recoge información y qué uso podrá tener. El profesional diferencia la entrevista pericial de una conversación terapéutica y no promete una confidencialidad incompatible con el destino del informe. La planificación considera el idioma, las necesidades de apoyo y los posibles obstáculos para expresarse. Cuando hace falta interpretación o adaptación comunicativa, su presencia y su alcance deben organizarse previamente y reflejarse al explicar las condiciones de obtención de los datos.
Preguntas que permitan una respuesta propia
La entrevista debe evitar transmitir al menor la respuesta esperada o convertir una hipótesis adulta en el punto de partida obligatorio. Interesa conocer cómo surgió la información y qué preguntas se formularon anteriormente. La grabación, cuando proceda y exista cobertura para realizarla, puede ayudar a documentar el proceso, pero no subsana por sí misma una metodología inadecuada. Las expresiones del menor se recogen distinguiendo sus palabras de las interpretaciones profesionales. Las dificultades para recordar o narrar requieren análisis y no equivalen automáticamente a falta de sinceridad.
Coordinación con las actuaciones judiciales
Una exploración privada no sustituye una declaración judicial ni se convierte por sí sola en prueba preconstituida. Si existen diligencias previstas, conviene conocer su alcance antes de proponer entrevistas adicionales. El perito puede revisar el material autorizado y explicar qué cuestiones permitiría responder, sin repetir necesariamente la narración de hechos delicados. La participación del menor debe justificarse por su utilidad para la pregunta pericial. Las condiciones de autorización, información y documentación se estudian de forma individual, atendiendo a las medidas vigentes y al procedimiento concreto.
Qué conviene aportar a la consulta
- Resoluciones que afecten a la exploración.
- Relación de entrevistas y declaraciones previas.
- Grabaciones o transcripciones disponibles legalmente.
- Datos sobre idioma y necesidades de comunicación.
Preguntas sobre este servicio
¿Conviene preparar las respuestas del menor antes de la entrevista?
No debe ensayarse un relato ni indicar qué respuestas se esperan. Puede explicarse de manera neutral quién le escuchará y la finalidad general de la cita, siguiendo las indicaciones del profesional. El diseño de la exploración busca obtener su propia información y distinguirla de contenidos introducidos por otras personas durante el proceso.
¿Puede el informe afirmar que el relato es verdadero?
La valoración psicológica no certifica la verdad histórica de un relato. Puede analizar condiciones de obtención, capacidades relevantes y características del material dentro de métodos apropiados. Sus conclusiones tienen límites que deben explicarse. La determinación de los hechos corresponde al órgano competente al valorar el conjunto de las pruebas del procedimiento.
Referencias para ampliar
- BOE, Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
- BOE, Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, texto consolidado
- Consejo General de la Psicología, Código Deontológico del Psicólogo (modificaciones hasta 2015)
La aplicación de las normas y de las referencias técnicas depende del objeto del encargo y de la fecha de los hechos examinados.